AYUDAS 2022 A LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD A LAS VIVENDIAS.

Para mantener informados a nuestros clientes, hemos redactado la presente circular, con las
principales ideas de las Ayudas 2022 a la mejora de la accesibilidad a las viviendas.

Régimen y objeto de las Ayudas:

  •  La subvención es en régimen de concurrencia competitiva, con el único criterio de selección que el orden de presentación de las subvenciones hasta 1.883.250 €
  •  Para poder tramitar las subvenciones en el caso de comunidades de propietarios, es necesario y obligatorio la figura del intermediario o gestor/agente de rehabilitación.
  •  El plazo de la solicitud será del 13 de octubre al 1 de diciembre de 2022.

Condiciones de concesión de las ayudas.

  •  A los edificios se les exige que el 70 % del uso sea residencial.
  •  Las obras podrán estar iniciadas con posterioridad a 1 de enero de 2021, siempre y cuando no estén finalizadas.
  • Cuando el importe de las obras de accesibilidad supere los 4.000 € por vivienda, se deberán realizar también obras de mejora de la eficiencia energética que alcancen como mínimo una reducción del 30 % de la energía primaria no renovable. Estas obras de mejora energética, no serán necesarias si tiene su domicilio habitual una persona con discapacidad de movilidad reducida, acreditada con el
    correspondiente certificado expedido por la Generalitat Valenciana.
  •  En las zonas climáticas C, D y E, además se reducirá la demanda de energía global en calefacción y refrigeración del 25 % en la zona C, y del 35 % en la zona D y E.
  • Que al menos el 50 % de las viviendas del edificio sea domicilio habitual, excepto si en uno de los domicilios habituales existe una persona con discapacidad de movilidad reducida y se encuentra confinado en su vivienda.
  • Que el edificio sea anterior al año 2006.
  • Tener el IEE registrado y realizado.

Condiciones y cuantías de las subvenciones en edificios.

  • El coste subvencionable no podrá superar los costes medios de mercado de la Comunidad Valenciana, que son los que figuran en el IVE.
  • Será objeto de la subvención los informes, proyectos, obra, hasta el IVA si no es recuperable.
  • El importe de las subvenciones oscila desde el 20 % con un máximo de 3.000 € por vivienda, hasta el 60 % con un máximo de 18.000
  • Se incrementará el porcentaje de la subvención en un 20 % si existe una persona con discapacidad por movilidad acreditada o persona mayor de 80 años.

Teniendo en cuenta que la concesión de las ayudas depende del orden de solicitud, es importante ir preparando la documentación y realizando los estudios energéticos, CEE e IEE.