Bajar el ascensor a cota cero en Valencia implica eliminar barreras arquitectónicas para garantizar la accesibilidad. La Ley de Propiedad Horizontal establece desde diciembre de 2017 la obligatoriedad de adaptar los edificios a personas con discapacidad o mayores de 70 años. Esta medida incluye la bajada del ascensor a cota cero, a menos que existan alternativas accesibles como una rampa. Los gastos de la obra son repartidos entre los propietarios, pero se pueden solicitar subvenciones. Si no es posible bajar el ascensor, hay soluciones como sillas elevadoras o plataformas salvaescaleras.
¿Qué significa bajar a cota cero un ascensor?
La expresión «bajar a cota cero un ascensor» se refiere a la acción de eliminar cualquier obstáculo arquitectónico desde la entrada del edificio hasta el ascensor, con el fin de garantizar la accesibilidad a todas las personas. En otras palabras, implica adecuar el entorno a nivel del suelo para que las personas con movilidad reducida o discapacidad puedan acceder al ascensor sin ninguna dificultad.
Obligatoriedad de la norma en Valencia
En cumplimiento con la Ley de Propiedad Horizontal, desde diciembre de 2017 se establece la obligatoriedad de acondicionar los edificios para garantizar la accesibilidad a personas con discapacidad o mayores de 70 años. Una de las principales acciones que se deben llevar a cabo es la bajada del ascensor a cota cero, eliminando cualquier obstáculo arquitectónico que impida el acceso a la vivienda.
Esta legislación aplica a todas las comunidades de propietarios, y el incumplimiento puede llevar a sanciones y multas. Por lo tanto, es importante que las comunidades cumplan con esta obligación y realicen las obras necesarias para garantizar la accesibilidad en los edificios.
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